ALTAS DE HERMANOS/AS Y MODIFICACIÓN DE DATOS

Si deseas ser hermano de nuestra Venerable Hermandad, o modificar los datos que ya tenemos, por cambio de dirección de residencia habitual o de cobro de cuotas, puedes hacer tu solicitud de ingreso o de modificación de tus datos, con el impreso correspondiente cuyo enlace tienes a continuación en formato word. Rellena los datos, con especial atención a los obligatorios y envíalo a la siguiente dirección de correo electrónico, si lo prefieres lo puedes enviar al buzón que nuestra Venerable Hermandad tiene en la sede de la Junta de Cofradías en la calle Solera nº 2 16001 Cuenca, o también puedes entregársela a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva.

Solicitud Alta Solicitud de modificación de datos

La cuota anual como hermano es de 7 €.

Artículo 9º. - La Venerable Hermandad se compone de todas las hermanas y hermanos inscritos en el libro de registro hasta el día de la celebración de la Junta  General Anual.

       El número de hermanas y hermanos será ilimitado y disfrutarán por igual de todos los derechos, obligaciones y  bienes espirituales que se designen en estos estatutos.

Artículo 10º. - Para poder pertenecer a esta Venerable Hermandad será necesario estar bautizado, profesar la religión Católica, llevar un comportamiento cristiano coherente con su condición de miembro de la Hermandad,  aceptar los presentes Estatutos y tener los demás requisitos que se exigen por el derecho canónigo vigente.

       No podrá ser admitido como miembro quien rechace públicamente la fe católica o se aparte de la comunión eclesiástica, quien se encuentre condenado por una excomunión impuesta o declarada, quien profese un ateísmo notorio, quien viva en total indiferencia religiosa, quien milite en organizaciones anticristianas o que contradigan a los fines de la Hermandad. (canon 316.1 C.D.C.)

Los menores de edad sólo podrán admitirse cuando sus padres o tutores den el oportuno consentimiento en el impreso correspondiente.

Artículo 12º.-  Los miembros de la Hermandad causarán baja en la misma por:

  • Fallecimiento.
  • Decisión propia comunicada a la Junta Directiva.
  • Expulsión en aplicación del régimen Disciplinario de estos Estatutos.
  • Por incurrir en lo señalado en el articulo 10.
  • Por otros motivos que señale el canon 316.2 del C.D.C.